La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió las acciones por “intereses colectivos” interpuesta por grupos de ciudadanos contra las alcaldesas de los municipios Maracaibo del estado Zulia y San Cristóbal del estado Táchira, Eveling Trejo Álvarez y Patricia Gutiérrez Fernández, respectivamente, además, se acordaron los amparos cautelares solicitados.
El Cooperante
Ordenó la Sala que las alcaldesas realicen todas las acciones y utilicen los recursos materiales y humanos necesarios a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos; además, que procedan a la inmediata remoción de tales obstáculos y se mantengan las vías y zonas adyacentes a éstas, libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana. CLIC AQUI para seguir leyendo...
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